TARJETAS REVOLVING.- ¿Qué son y Cómo reclamar?

por | May 12, 2022 | Bancario | 0 Comentarios

Durante los últimos años, la mayoría de consumidores hemos podido comprobar cómo las entidades financieras han sido condenadas de forma mayoritaria por los Tribunales ante las reclamaciones por las cláusulas suelo y gastos insertos en sus préstamos hipotecarios.

Una situación parecida es la que viene produciéndose últimamente en relación a las denominadas TARJETAS REVOLVING. ¿Sabes lo que son?, ¿Y cómo funcionan?. Puede que incluso tengas una en tu poder y ni siquiera lo sepas. Si esto es así, necesitas saber que estás sujet@ a un “préstamo casi de por vida” pues este tipo de tarjetas se caracterizan por ir pagando un poquito cada mes, independiente del gasto que tengas (eso sí, siempre dentro de los límites que te ofrecen desde la financiera). Lo que se esconde detrás de las mismas es que cuando pagas, principalmente, estas abonando INTERESES (sí, sí, intereses) y no estás saldando tu deuda (no estás pagando el capital que te han prestado) y además, estos intereses son MUY ELEVADOS. A eso se ha de añadir que este tipo de tarjetas a medida que vas haciendo uso del crédito, el límite del crédito se rebajará; pero ese límite irá aumentando en la medida que se van haciendo pagos para restituir los importes. Además, las comisiones por reclamación de cuota impagada, los intereses de demora por retrasos, o incluso los seguros (que en muchas ocasiones se pagan y el cliente lo desconoce), hacen concluir que el titular de dicha tarjeta está abonando unos importes elevadísimos que no se ajustan a los mínimos parámetros legales por usurarios y por ser contratos faltos de transparencia y abusividad.

Si tienes una tarjeta de IKEA, MEDIAMARKT, FNAC o de cualquier establecimiento de estas características donde te han ofertado que te hagas con una de sus tarjetas (también entidades financieras al uso emplean este tipo de tarjetas), MUCHO CUIDADO!!!Porque seguramente tienes en tu poder una TARJETA REVOLVING. También si tienes extractos mensuales donde te aparece la TAE muy elevada, puede que estés ante este tipo de tarjetas.

¿Qué es la TAE?. De forma sencilla, decirte que la TAE (Tasa Anual Equivalente) son los intereses totales que te van a cobrar, y que están desglosados en los intereses pactados (los que todos conocemos)a los que se añaden todo tipo de comisiones que se establecen en los contratos que los usuarios firman (se llaman contratos de adhesión). Si esta TAE es superior a la que establece el Banco de España para las tarjetas revolving, podremos afirmar que son usurarias y se podrá reclamar ante los Tribunales de Justicia si no se alcanza un acuerdo amistoso con la entidad financiera. OJO, que los distintos Tribunales entienden de forma diferente la usura, siendo los más restrictivos los de Cádiz y Barcelona, por lo que si hay que interponer demanda por usura en estas ciudades, hay que ser cautelos@s. Por otro lado, además de la usura, se puede plantear la nulidad por abusivas de determinadas cláusulas (intereses, comisión por recibos impagados…) por falta de transparencia al incluir las mismas en el contrato/solicitud firmada para el uso de estas tarjetas.

De esta forma, y si hay que acudir a los Tribunales, éstos (en su mayoría) suelen condenar a las entidades a la devolución de los intereses cobrados, devolviendo únicamente el capital prestado y todo ello con sus correspondientes intereses.

            ¿Tienes una de estas tarjetas o crees tenerlas?? Si es así, contacta con nosotros. Podemos darte cita telemática o presencial. Comprobaremos la tarjeta que tienes, si podemos reclamar y te guiaremos en el camino.  ¿Empezamos? Llama al 618.51.49.37 o contacta a través de nuestro mail info@juliohidalgoabogados.com

¿Necesitas que te aclaremos algún concepto? Pregúntanos sin compromiso.

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