Testar significa que una persona disponga lo que quiere que se haga con sus bienes, tras su
muerte. Estamos acostumbrados a oír cuando alguien muere si había o no dejado testamento.
La generalidad para quien testa es la de ir a un Notario, indicarle tu voluntad y ellos lo reflejan en un documento de carácter público.
Ahora bien, ¿Sabes que nuestro Código Civil contempla la existencia de distintos tipos de
TESTAMENTO? Así es, primero se organizan según sean Comunes o Especiales. Dentro de los
comunes, tenemos los ológrafos, abiertos o cerrados. Dentro de los especiales están el
marítimo, militar y el hecho en país extranjero.
Veámoslos:
TESTAMENTOS COMUNES.-
Testamento Abierto.-Es el más común y conocido por la mayoría. Se refiere a aquel en que el
testador acude al Notario, manifiesta cuál es su voluntad ante el Notario, que queda enterado
de las disposiciones realizadas.
En supuestos excepcionales, como PELIGRO INMINENTE DE MUERTE O EPIDEMIAS, se podrá otorgar testamento SIN PRESENCIA DE NOTARIO. Para el testamento por peligro inminente de muerte requerirá de 5 testigos, el de epidemia, de 3 de al menos 16 años de edad.
En ambos casos, para que el testamento sea válido que el testador hubiera fallecido en los 2 meses siguientes y en este supuesto, en los 3 meses siguientes al fallecimiento se ha de llevar al Notario para elevarlo a escritura pública. En caso contrario, sería inválido.
Testamento Cerrado.-El testador entrega su última voluntad EN SOBRE CERRADO, desconociendo el Notario su contenido. Debe ser un escrito, bien a través de ordenador (debe
llevar todas las hojas firmadas), o de puño y letra, firmando al final por lo que este tipo de testamento NO PUEDE hacerlo quien sea ciego, ni los que no sepan o puedan leer, y además, debe cumplir con sendas formalidades:
- El testamento habrá de meterse dentro de un sobre o cubierta, cerrada y sellada, de forma que si se pretende extraer se haya de romper necesariamente.
b) Puede comparecer el testador ya con el testamento cerrado y sellado, o hacerlo delante del
Notario
c) El testador, al Notario deberá comunicarle si el testamento está o no escrito y firmado por
él, o si está escrito por tercero o con uso de ordenador u otro tipo.
d) Sobre la cubierta del testamento habrá el Notario de elaborar un acta donde se referirá,
entre otros aspectos, definitorios del testamento, el día, mes y año en que se otorgó dicho
testamento.
Este testamento, que tras el acta, se le entrega al testador, lo puede conservar él mismo,
entregárselo a 3º de su confianza, o dejarlo en la Notaría.
Si no se observan las formas, el testamento cerrado será nulo.
Testamento Ológrafo.- Es un testamento que debe estar escrito por el testador (que ha de ser mayor de edad) de su puño y letra, indicando el año, mes y día. Pero para que este testamento sea válido, será preciso que, fallecido el testador, éste se protocolice, por lo que habrá de llevarse por quien lo tenga en su poder(pudiendo responder de los daños y perjuicios causados si no lo hiciera dentro de los 10 días siguientes al conocimiento del fallecimiento) al Juzgado del partido judicial donde falleció el testador, o de su último domicilio, y obligatoriamente pues, en caso contrario, sería INVÁLIDO. El Juzgado tras realizar las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de dicho testamento y encontrarse escrito por la persona fallecida, ordenará su protocolización en Notaría.
TESTAMENTOS ESPECIALES.- No toda la población puede valerse de este tipo de testamento, es evidente. Sus nombres Militar, marítimo y hecho en país extranjero, ya por sus nombres, vienen a delimitar al grupo de personas a las que va dirigido.
No entraremos a analizar este tipo de testamentos por su pequeño ámbito de aplicación, pero sí debemos decir que ante estas situaciones de guerra o en buques de guerra o mercante se podrá otorgar este tipo de testamento ante distintas figuras que habrán de ser protocolizados, si hay fallecimiento, para que tengan validez. También se podrá otorgar testamentos por los españoles fuera de territorio español o, incluso en alta mar, en un buque extranjero.
¿Sabías que existían este tipo de testamentos?, ¿Te has planteado testar?; ¿qué tipo de testamento te interesa más??