HE TENIDO UN ACCIDENTE, ¿QUÉ HAGO?

por | May 2, 2022 | Accidentes de tráfico | 0 Comentarios

¿Has sufrido un accidente de tráfico? ¿En un vehículo, cuando ibas en bicicleta, cuando ibas paseando y has sido atropellado? Es evidente que en esos momentos cualquier persona se encuentra desorientado, en estado de ansiedad y sólo se preocupa por asegurarse que él y quien, en su caso, le acompaña se encuentran en perfecto estado; y lo último en lo que se piensa es en recopilar documentación o buscar información.

Te aconsejo que leas este post pues, si alguna vez te encuentras en una situación así, bien por ser las persona perjudicada directamente, bien por ser un familiar o amigo (ojalá nunca sea así), la actuación a tiempo es indispensable a efectos de garantizar que quien ha sido responsable del accidente y, en su caso, la compañía aseguradora o Consorcio de Compensación de Seguros (para daños personales) puedan indemnizar al propio perjudicado, a sus familiares (si desafortunadamente el allegado ha fallecido) o a ambos.

En este post no vamos a entrar sobre las repercusiones civiles o penales de un accidente de tráfico, que las hay, pero si creo importante que TOD@S SEPAMOS QUÉ HACER.

Si la persona que ha sufrido el accidente se encuentra relativamente bien, sin que tenga lesiones de tal gravedad que haya obligado a ser llevada en ambulancia, habrá de cumplimentar con el otro conductor el parte de accidente; ¿El qué? Sí, ese documento que normalmente tenemos en la guantera (junto con el seguro) y que no sabemos ni que existe!!!! Este parte es muy importante sobre todo si no acude la Policía al lugar del siniestro porque con él podremos acreditar la existencia de dicho accidente y quién ha sido el culpable. ¿Ibas con acompañantes? Ellos, desde luego, no tienen culpa alguna y si han sufrido lesiones, deberán ser indemnizados. OJO, no os preocupéis si os ha recogido una AMBULANCIA por ser las lesiones de gravedad y no habéis podido rellenar ni vosotros, ni un tercero, este documento, pues si las lesiones son de gravedad, lo normal es que acuda la Policía y, además, la ambulancia hará constar el siniestro.

YA HEMOS CUMPLIMENTADO EL PARTE. Lo siguiente, será que ACUDAÍS A UN CENTRO HOSPITALARIO EN EL PLAZO DE 72 HORAS DESDE EL ACCIDENTE. Si dejáis transcurrir más tiempo del indicado, ante una lesión sufrida en un accidente, la COMPAÑÍA ASEGURADORA RECHAZARÁ CUALQUIER PAGO EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN POR LAS LESIONES SUFRIDAS por entender que no se ha dado, se llama, “el nexo de casualidad”, es decir, que tus lesiones no tienen que estar relacionadas con el accidente sufrido.

Con estos documentos y los relativos al daño del vehículo (si es que ha habido daño) os recomiendo acudir a un abogad@ externo e INDEPENDIENTE (os recomiendo que no sean los Letrados que os ofrecen vuestra compañía aseguradora con los que tienen concierto, por motivos evidentes, ejem…. )y entreguéis esta documentación. Ya podemos empezar a trabajar. En JULIO HIDALGO ABOGADOS, os acompañamos en todo el proceso, os indicamos los pasos a seguir, y os tramitamos extrajudicial, y si es necesario, judicialmente (civil y penal), todas las actuaciones a fin de que obtengáis vuestra indemnización por los daños personales sufridos; también por los daños materiales del vehículo. ¿Alguna duda? Supongo que muchas; ven a vernos concertando una cita presencial u on-line sin compromiso y te explicamos absolutamente todo

¿Necesitas que te aclaremos algún concepto? Pregúntanos sin compromiso.

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